jueves, 11 de marzo de 2010

Entidades no lucrativas: En problemas por la reforma 2010

En atención a la reforma aprobada dentro del paquete fiscal aplicabe a 2010, a partir de mayo de este mismo año, las entidades y asociaciones identificadas como no lucrativas para efectos fiscales tienen un nuevo problema: aún y cuando realicen actividades que estén destinadas al cumplimiento de sus objetivos sociales, filantrópicos o de beneficio a la comunidad bajo diversas opciones que la misma Ley prevé, podrían causar ISR. Lo anterior es así, incluso si se trata de donatarias autorizadas y no obstante que hayan cumplido debidamente con los requisitos informativos que las disposiciones tributarias imponen en estos casos.
Este es un tema muy importante para muchos Hospitales, Escuelas y Universidades, Fundaciones e incluso Centros de apoyo comunitario que si bien se sostienen en parte por los donativos recibidos por terceros para su funcionamiento, también logran sus objetivos a través de la prestación de servicios o la venta de diversos productos.
De acuerdo con la reforma al artículo 93 de la Ley del ISR, éstas y otras entidades, no obstante que estén catalogadas como entidades sin fines de lucro, deberán pagar este gravamen por los ingresos que obtengan por concepto distinto al de los donativos recibidos siempre que tales ingresos rebasen el 10% de sus ingresos totales.
Esta reforma, desconoce en su texto actual, toda diferenciación en cuanto a los fines y destino de las utilidades que se obtienen, sus restricciones estatutarias, las regulaciones de instancias externas como lo son por ejemplo los Institutos crreados para la beneficencia privada, etc.
Simplemente, se gravan ingresos por el hecho de que provengan de actividades que pudieran considerarse "lucrativas" sin considerar el fin al que se destinen!
Creo que es momento de analizar con detenimiento los efectos de estas disposiciones y evaluar incluso jurídicamente, os elementos de defensa que pueden existir contra tan arbitraria modificación.

miércoles, 3 de marzo de 2010

Recaudación positiva de inicio de año!

De acuerdo con el Informe de Finanzas Públicas del mes de enero de 2010 emitido por la Secretaría de Hacienda, la recuadación por concepto de IVA en el período fue superior en un 21.9% a la verificada en el mismo mes de 2008.
Si consideramso esta cifra junto con el incremento global de recuadación reportado por el ISR, IETU e IDE en el mismo mes de enero, respecto del promedio anual 2009 que se reportó en 8.2%, podemos adelantar un inicio de año bastante positivo para las arcas nacionales no obstante el débil comportamiento del consumo y de la actividad económica global que no acaba por redespuntar.
Si bien es cierto las principales causas del incremento recaudatorio se deben al mantenimiento de buenos precios de petróleo, hay un indicativo de que la presión recaudatoria al inicio de este 2010 no está haciendo explotar el globo de la fiscalización por el momento.
deberemos esperar la evolución del proceso económico y monitorearlo con cuidado para hacer buenas evaluacíones de nuestras cargas fiscales en 2010 en la previsión de riesgos y administración de objetivos financieros. Suerte!

jueves, 4 de febrero de 2010

Información del dictamen fiscal a entregar al INFONAVIT

Por este medio me permito nuevamente recordarles que el INFONAVIT ha puesto nuevamente en marcha su programa de recepción de información de dictámenes fiscales para empresas obligadas a ser dictaminadas.
Como saben, el SICOP no ha funcionado y ahora el Instituto está recibiendo en este período los dictámenes en trámite manual.
Para mayor información hemos enviado a las empresas un flsh informativo con datos de mayor exactitud.
Les pido poner atención en este tema que puede generar sanciones en caso de incumplimiento.

lunes, 7 de diciembre de 2009

Nuevo impuesto en telecomunicaciones

Con fecha 27 de noviembre de 2009 se publicó en el DOF la reforma 2010 a la Ley del IEPS.

Uno de los cambios importantes para 2010 es la imposición de una nueva contribución del 3% a servicios proporcionados a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones, exentando a telefonía rural, telefonía pública, interconexión y acceso a internet.

Esta nueva disposición puede generar dudas respecto de si la base gravable será solamente la señal de telecomunicaciones en redes públicas ó si también incluye a los derivados de este servicio como pueden ser los equipos necesarios para recibir la señal.

En este sentido es importante mencionar que de acuerdo con la iniciativa, el dictamen de la reforma y las disposiciones contenidas en el artículo 2 frac.II inciso c), así como las definiciones del artículo 3 de la Ley reformado, es definitivo que no existe gravamen para las actividades conexas al servicio de telecomunicaciones como lo es el arrendamiento de equipos.

Existen incluso señales claras en la Ley que permiten asegurar que el gravamen procede en el servicio propiamente dicho de la actividad de telecomunicación y no reside el gravamen en la operación de los activos o equipos relacionados.

De entrada se distingue entre los servicios de telecomunicaciones (no se incluye uso o goce o enajenación).

sábado, 5 de diciembre de 2009

Termina Decreto de repatriación de capitales!

Les recuerdo que este próximo 31 de diciembre vence el plazo para acceder a los beneficios del Decreto de repatriación de capitales publicado en el Diario Oficial del 26 de marzo de 2009.

De acuerdo con esta opción, es posible ingresar al país capitales ganados en el extranjero aplicando por concepto de ISR la tasa del 4% pagadera mediante estampillas o timbres fiscales que proporcionan y reportan las instituciones financieras que participen en la operación.

Aún cuando algunas investigaciones en corto con autoridades nos permiten presumir que el mecanismo fiscal señalado puede ser prorrogado o renovado posteriormente, les recomiendo evaluar esta opción de cierta "amnistía" tributaria para ganancias que debieron ser reportadas fiscalmente.

Analícenlo!

lunes, 30 de noviembre de 2009

¡Bienvenida!

Con motivo de nuestro 30 aniversario nos hemos dado a la tarea de retomar con más entusiasmo la comunicación directa y eficiente con todos nuestros clientes, amigos, colaboradores y con el público en general que se encuentra interesado en temas de nuestro actuar cotidiano.

Por lo anterior inauguramos con el presente este nuevo medio de comunicación entre ustedes y nosotros con el único y principal objetivo de que estemos en contacto constante para así retroalimentarnos con mayor oportunidad sobre temas de interés.

Este nuevo BLOGG de nuestra Firma está diseñado para interactuar con las normas no escritas del siglo XXI y estamos muy entusiasmados con este hecho pues es una herramienta en exceso útil y eficiente.

Estaremos pues en constante comunicación con todos a través de temas para todos interesantes. Esperamos su participación activa y entusiasta para este foro.

Atentamente

jueves, 12 de noviembre de 2009

Reformas fiscales 2010: listas para su publicación

A partir del 5 de noviembre concluyó el proceso legislativo en la Cámara de senadores que da nacimiento a la miscelánea fiscal aplicable a 2010. Solo queda pendiente su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Espere nuestro evento técnico de análisis para conocer los detalles principales y los efectos de esta recaudatoria modificación a distintas leyes tributarias.